miércoles, 25 de septiembre de 2013

FINAL DE LA CONTROVERSIA: El Ministerio de Trabajo certificó que Santillán es titular del SEOM

 

JUSTICIA. El Ministerio de Trabajo rechazó todos los argumentos, impugnaciones y denuncias que hicieron los usurpadores del SEOM.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación desestimó este lunes la totalidad de las impugnaciones planteadas por las listas Amarilla y Azul en el marco del expediente generado tras las elecciones en el SEOM, realizadas el pasado 24 de julio y que dieron como ganadora a la lista Blanca encabezada por Carlos “Perro” Santillán. De este modo, la autoridad nacional certificó no sólo la transparencia de los comicios, sino que ratificó que el mandato de las autoridades se extiende desde el día en que Santillán y su comisión asumieron en la histórica Plaza Belgrano de la capital jujeña: el 29 de julio de 2013, cumpliéndose su mandato el 29 de julio de 2017.
A exactamente dos meses de haberse producido el acto electoral, y ocurrida la usurpación de la sede por parte de una organización social, la directora Nacional de Asociaciones Sindicales, Elena Otaola, dispuso además incorporar en el registro informático de esa entidad la nómina de las nuevas autoridades del SEOM Jujuy, encabezadas por Santillán como secretario General, además deextender el correspondiente certificado de autoridades a la flamante comisión directivaque, entre otros, está integrada por Justo Leguizamón (Adjunto), Sebastián López (Gremial) y Alberto Arias (Organización).
Entre otras disposiciones de forma, el Ministerio de Trabajo resolvió que el Departamento de Coordinación Técnica Administrativa oficie “en forma urgente” a la Delegación Regional Jujuy “con el objeto de notificar a la entidad sindical de referencia”.
El dictamen técnico legal
El encargado de realizar el dictamen fue el asesor técnico legal, Gastón Alejandro Martín, quien desbarató uno por uno los argumentos, impugnaciones y denuncias realizadas por las listas derrotadas, que se unieron para cuestionar la elección a poco de conocerse la arrasadora victoria de Santillán.
“La “Lista Blanca” obtuvo dos mil treinta y dos (2032) de los tres mil trescientos ochenta y uno (3381) votos emitidos, mientras que la “Lista Amarilla” consiguió mil noventa y seis (1096) sufragios, y la “Lista Azul”, ciento ochenta y dos (182)”, señaló Martín.
El mismo asesor hizo notar que Hugo Prieto admitió que “el adelantamiento del proceso eleccionario, obedeció a lo decidido en el marco de la reunión de Comisión Directiva celebrada e día 18/04/2013” y que todo se desarrolló “no habiendo sido cuestionado el adelantamiento del proceso eleccionario por ningún actor electoral, sino hasta después de conocido el resultado de los comicios, y tratándose de un  proceso eleccionario consumado, entiendo que sólo correspondería aplicar un apercibimiento a la entidad, a efectos de que en el futuro se ajuste su conducta a las mandas de la Resolución MTEyFRH Nº 461/2001”. Vale indicar que esa resolución obliga a los sindicatos que deciden adelantar las elecciones a comunicar a la autoridad de aplicación los motivos fundados de tal determinación.
Asimismo, en contra de lo que denunciaba la lista Amarilla de Prieto y la ODIJ, el dictamen de Trabajo de la Nación señala que “las cuestiones relativas al padrón electoral (…) deben plantearse en la etapa procesal correspondiente, situación no demostrada por los peticionantes”.
Tras convalidar el corrimiento en la lista Blanca por la renuncia de una candidata, se rechazó la acusación por el supuesto traslado irregular de las urnas el día 26 de julio conteniendo votos emitidos, ya que “el acta de escrutinio definitivo del acto eleccionario del día 24 de julio se realizó el mismo día de los comicios”.
Con respecto a los supuestos hechos de violencia mencionados por la lista Azul que se habrían denunciado en la policía, el Ministerio consideró que “la misma debiera seguir los carriles correspondientes en el ámbito de la Justicia Correccional Penal”.
“La lista Amarilla denuncia también la supuesta falta de reposición de boletas de su lista y de la “Lista Azul” en la mesa ubicada en la localidad de Humahuaca. Empero, figurando las actas labradas en dicha mesa (…) se desprende que se encontraban presentes fiscales de ambas listas que ninguna manifestación efectúan allí al respecto”, añadió el asesor técnico.
“Por lo expuesto hasta aquí, entiendo que corresponde rechazar la totalidad de las impugnaciones planteadas en autos por las denominadas “Lista Amarilla” y “Lista Azul”, propone Martín, además de aconsejar rechazar “in límine” una petición de un grupo de supuestos afiliados del gremio “por falta de acreditación de las personerías invocadas”.
Como último punto para aconsejar extender la certificación a las nuevas autoridades, Martín tuvo en cuenta la declaración de incompetencia por parte de la Cámara Civil y Comercial, Sala 5, resuelta el 23 de septiembre, en el amparo radicado por la lista Amarilla.
Vale indicar que, dentro del trámite procesal, este dictamen fue elevado a Otaola por parte de la jefa del Departamento de Asuntos Institucionales de aquella dirección, María Granda.
FUENTE: PRENSA JUJUY

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